Este miércoles, el Ministerio de Sanidad ha publicado el anteproyecto de la Ley de los Medicamentos y Productos Sanitarios, donde se explica de forma más detalla el apartado: «Incluir a la enfermería y fisioterapeutas entre los profesionales con posibilidad de prescribir medicamentos dentro de las competencias que tengan atribuidas».
José Luis Cobos, vicepresidente tercero del CGE, explica a Gaceta Médica la ley que hay actualmente -el Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre-, ya tiene incorporada la posibilidad de que las enfermeras puedan prescribir ciertos medicamentos: «El problema es que tenía una serie de condiciones muy específicas para que una enfermera pudiese prescribir de forma autónoma los medicamentos no sujetos a prescripción médica y los productos sanitarios. Además, para los medicamentos sujetos a prescripción médica, había que desarrollar unas guías y unos protocolos específicos conjuntamente con los médicos y otros profesionales».
Por otro lado, esta normativa exigía que las enfermeras estuviesen «acreditadas» para poder hacer realizar las correspondientes recetas u órdenes de dispensación, como se llama ahora mismo. «Tienen que tener un año de experiencia profesional o si no un curso de formación específico», afirma Cobos. Entonces, el cambio que se produce ahora con la nueva Ley de los Medicamentos es que se incorpora a las enfermeras como «plenas prescriptoras«, igual que el resto de profesionales sanitarios: como son médicos, odontólogos, podólogos.
El objetivo del anteproyecto es que ya no haga falta la necesidad de unas guías y unos protocolos preestablecidos, sino que ya en base a su conocimiento lo puede hacer
Por lo tanto, según nos asegura el vicepresidente tercero, el cambio que se producirá en la ley de 2015 es que a futuro se eliminara esa premisa de tener que elaborar guías y protocolos, junto con la certificación. «Esto es un paso más de lo que ya tenemos ahora, es decir, la prescripción enfermera no es nueva, sino que es una modificación que facilita para ir ampliando esa posibilidad», declara Cobos.
El propio documento estipula que las recetas, ya sean públicas, privadas o de la orden de dispensación hospitalaria, son los documentos que aseguran la instauración y continuidad de un tratamiento con medicamentos por instrucción de un médico, un odontólogo, un enfermero, un fisioterapeuta o un podólogo, «en el ámbito de sus competencias respectivas» y son los únicos profesionales con facultad para recetar medicamentos sujetos a prescripción. «La citada instrucción se hará conforme al ámbito competencial de dichos profesionales», incide el texto.
Competencias de la enfermería
Dentro de la Ley de los Medicamentos se refiere en varias ocasiones a que la enfermera solo puede prescribir medicación al paciente siempre y cuando esté entre sus «competencias«. Cobos nos explica a que se refiere exactamente con «las competencias de la enfermería»: «Nosotros nos dedicamos al cuidado de los pacientes en cuanto a las necesidades que tienen. Por ejemplo, si un paciente está herido, la enfermera es la responsable de curar esa herida en base a sus conocimientos y sus competencias profesionales».
Con este ejemplo del «paciente herido», Cobos insiste en que si en un momento dado este necesita un medicamento para poder curar esa herida, como una pomada antibiótica o una pomada con corticoides (considerados fármacos), la enfermera los puede prescribir pues está bajo su responsabilidad y su competencia profesional.
El Consejo General de Enfermería considera que esta medida responde a lo que actualmente dicta la legislación vigente y que «será beneficiosa para todo el sistema sanitario»
«Otro ejemplo claro son las matronas, quienes ahora pueden recetar anticonceptivos, administrar tratamiento preventivos o, por ejemplo, para un embarazo, pueden prescribir ácido fólico», continúa explicando el vicepresidente tercero. El objetivo es que ya no haga falta la necesidad de unas guías y unos protocolos preestablecidos, sino que ya en base a su conocimiento lo puede hacer.
El Consejo General de Enfermería (CGE) considera que esta medida responde a lo que actualmente dicta la legislación vigente y que «será beneficiosa para todo el sistema sanitario». Con el nuevo redactado propuesto por Sanidad, el CGE asegura que las enfermeras «por fin» se encuadran al mismo nivel que médicos, odontólogos y podólogos como «profesionales con facultad para recetar medicamentos sujetos a prescripción médica». Hasta ahora, las enfermeras dependían de la aprobación de las guías de prescripción para, en el ámbito de sus competencias, poder indicar, usar o autorizar la dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica
Además, el anteproyecto explica que tras la entrada en vigor de la presente ley, «en el plazo de un año», se actualizará el Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios por parte de los enfermeros y fitoterapeutas.
Consejos de Coordinación Farmacoterapéuticos
El siguiente punto donde se incluye a la enfermería en el documento del anteproyecto de la Ley de los Medicamentos es en la creación de los «Consejos de Coordinación Farmacoterapéutico» con ámbito en la Zona Básica de Salud. Estos consejos estarán coordinados por un farmacéutico de Atención Primaria asignado al centro de salud: «Estarán compuestos por una representación de los profesionales médicos de atención primaria, los profesionales de enfermería de atención primaria, los farmacéuticos titulares de las oficinas de farmacia situadas en dicha Zona Básica de Salud, los centros sociosanitarios ubicados en la misma zona y el servicio de farmacia hospitalaria perteneciente al hospital más directamente vinculado a dicha Zona Básica de Salud». El documento estipula que el consejo deberá reunirse, al menos, una vez cada tres meses.
Las funciones de este consejo serán:
- Abordar los «fallos de coordinación» en la prescripción, dispensación y seguimiento de los medicamentos que sean identificados por los grupos participantes en los consejos.
- Establecer canales de comunicación «efectivos, eficientes y pertinentes» entre los diferentes agentes relacionados con el manejo de los medicamentos.
- Trabajar en la Zona Básica de Salud para abordar problemas de «abastecimiento o dificultades» de suministro que puedan surgir con algún medicamento o alguna de sus presentaciones.
- Detectar necesidades específicas de formación para mejorar el manejo de los medicamentos en el ámbito de la Zona Básica de Salud y proponer intervenciones formativas al respecto.
Independencia y transparencia
Asimismo, en el artículo 4, Sanidad especifica las «Garantías de independencia, transparencia y conflicto de intereses«. En este apartado se afirma que «sin perjuicio de las incompatibilidades establecidas para el ejercicio de actividades públicas», el ejercicio clínico de la medicina, odontología, veterinaria, enfermería, fisioterapia, podología o cualquier otra profesión sanitaria que tenga la facultad de prescribir o indicar la dispensación de medicamentos y productos, será «incompatible» con cualquier tipo de interés económico directo derivado de la fabricación, elaboración, distribución, intermediación y comercialización de los medicamentos y productos, así como con el desempeño de actividad profesional o la titularidad de oficina de farmacia o establecimientos comerciales minoristas.
El Consejo de Ministros anunció este martes que habían aprobado este anteproyecto de ley con el que Sanidad pretende aumentar el número de profesionales sanitarios facultados para prescribir medicamentos y productos sanitarios. Asimismo, aseguran que se necesita reforzar el modelo de prescripción existente: «Esto permitirá que el sistema sea más eficiente, haciendo que la atención recibida por los pacientes sea mejor y reduciendo las barreras relacionadas con una prescripción centrada en el profesional médico».
Según ha explicado la ministra de Sanidad, Mónica García, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, esta nueva norma tiene tres objetivos fundamentales: «Modernizar el ecosistema de los medicamentos y adaptarlos al siglo XXI, incorporar todas las lecciones que nos dejó la pandemia en lo que autonomía estratégica y reservas estratégicas se refiere y mirar al futuro, no solo de las necesidades de los pacientes, sino también de la sostenibilidad de nuestro sistema sanitario».