El Tribunal Supremo ha dictado que se paralice el Real Decreto 366/2024, de 9 de abril, en el que se cedían al País Vasco las competencias en materia de homologación de títulos superiores extranjeros. Según se ha publicado en el BOE a través del auto de 23 de julio de 2024 de la Sala Tercera del Tribunal Supremo. 

Esta medida cautelar parte de la solicitud realizada por diversos colegios profesionales, que han presentado recursos contra el Real Decreto. Desde el Tribunal Supremo estiman que “no debe haber impedimento para tramitar en su totalidad y resolver sobre el fondo de los recursos dentro del presente año, por lo que, de ser desestimatoria la sentencia que finalmente se dicte, no se habrá obstaculizado en exceso el ejercicio de las funciones traspasadas, y, de ser estimatoria, no se habrá dado lugar a la adopción de decisiones que no deberían corresponder a la Comunidad Autónoma”, según recogen en la web del Consejo General del Poder Judicial al respecto.

Oposición al Real Decreto

La aprobación de esta descentralización en la homologación de títulos tenía el fin de “desatascar” la resolución de los expedientes que quedaban pendientes. La premisa era reforzar el Sistema Nacional de Salud (SNS), pero hay voces del ámbito de la sanidad que se han mostrado contrarias, recalcando la idoneidad de un sistema centralizado para un mejor funcionamiento. Este es el caso de Pilar Rodríguez Ledo, presidenta de la Sociedad Española de Médicos Generales y de Familia (SEMG), que ha afirmado que se trata de “un problema más que una solución, porque esto no debe ser un proceso competitivo entre hospitales ni entre CC. AA. porque la homologación lo que debe hacer es garantizar la homogeneidad en la capacitación de los profesionales que vienen de fuera”. 

Los letrados del Gobierno vasco que se han opuesto a que se paralice la cesión de estas competencias, han asegurado que la suspensión de estos “intereses” tendría una influencia muy pequeña. Esto es debido a que “no se habrán dictado resoluciones definitivas en diez meses, al menos, entre otras razones, porque no se han adoptado las medidas organizativas y funcionales necesarias”. En el auto del Tribunal Supremo se hace mención a que antes de que se llegue a ese momento ya se habrá dictado sentencia. 

Desde el Supremo, afirman que la suspensión cautelar responde a “criterios de interés público y no a haber apreciado una apariencia de buen derecho contra el Real Decreto”. Dicen que hay que “extremar las cautelas”, concretamente “las encaminadas a asegurar que se observan pautas homogéneas en la aplicación de las disposiciones generales vigentes”. También aluden al peligro de establecer disparidad de criterios aplicados que, según el órgano “si ya existe cuando es una sola la Administración actuante, por fuerza ha de acentuarse cuando se suma otra”.

Los antecedentes

El pasado mes de abril, el País Vasco consiguió que se le transfirieran estas competencias, después de la celebración de una reunión de la Comisión Mixta de Transferencias de Administración del Estado-Comunidad Autónoma del País Vasco, con resultados favorables para la región en este sentido. 

Los puntos que recogía esa norma inicial eran que el Departamento de Educación comunicaría al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades las resoluciones para proceder a su registro en una sección especial del Registro Nacional de Títulos Universitarios Oficiales. Además, la persona que quisiera homologar su titulación tenía que residir en la comunidad y que esta no iba a heredar expedientes abiertos en el Ministerio de Sanidad. Por último, se establecía que las homologaciones se tenían que formalizar con un certificado y que tendrían validez en todo el Estado español.


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