El Ministerio de Sanidad ha anunciado que las CCAA deberán seguir expidiendo acreditaciones a médicos de urgencias a pesar de que el Tribunal Supremo (TS) ha decidido suspender de forma cautelar la fase final del acceso extraordinario a la especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias, regulado en el Real Decreto 610/2024. Esta medida afecta a la resolución y expedición de títulos, aunque las fases previas del proceso continuarán su curso normal.

El Tribunal considera que, tal y como está redactado el Real Decreto, los médicos generalistas podrían verse perjudicados al no poder acceder a la especialidad de Urgencias y Emergencias mediante esta vía extraordinaria. Ante esta situación, se ha ordenado detener el proceso en su etapa final, mientras que las comunidades autónomas deberán seguir expidiendo las certificaciones de acreditación profesional necesarias para que los aspirantes puedan avanzar en las fases iniciales.

A pesar de la suspensión de la fase final, la Comisión Nacional de la Especialidad de Urgencias y Emergencias continuará evaluando las solicitudes presentadas y emitiendo los informes correspondientes. Las comunidades autónomas también mantendrán su responsabilidad en la emisión de certificados de experiencia profesional para quienes lo soliciten.

Esta suspensión afecta únicamente a la fase final del proceso, mientras que las fases previas (recopilación de certificados, presentación de solicitudes y emisión de informes) continúan con normalidad.

Calendario de solicitudes

Las comunidades autónomas deberán seguir expidiendo con normalidad las certificaciones de acreditación del ejercicio profesional que les sean requeridas por los aspirantes.

La Comisión Nacional de la Especialidad de Urgencias y Emergencias seguirá evaluando las solicitudes presentadas en tiempo y forma y emitiendo los correspondientes informe-propuesta.

Por otro lado, los aspirantes deben continuar con la presentación de sus solicitudes según el calendario previsto, según su fecha de nacimiento. Así, os aspirantes nacidos en enero tienen de plazo para presentar sus solicitudes del 3 al 18 de octubre de 2024, mientras que aquellos nacidos en febrero deben hacerlo entre el 19 de octubre y el 3 de noviembre de 2024. Los solicitantes nacidos en marzo podrán presentar sus solicitudes del 4 al 19 de noviembre de 2024. El calendario continúa con los aspirantes nacidos en abril, que podrán hacerlo del 20 de noviembre al 5 de diciembre de 2024, seguidos de los nacidos en mayo, con plazo entre el 6 y el 21 de diciembre de 2024. Las solicitudes de los nacidos en junio se recibirán del 22 de diciembre de 2024 al 6 de enero de 2025, mientras que los nacidos en julio podrán hacerlo del 7 al 22 de enero de 2025.

Los solicitantes nacidos en agosto podrán presentar sus solicitudes del 23 de enero al 7 de febrero de 2025, y aquellos nacidos en septiembre del 8 al 23 de febrero de 2025. El proceso continúa con los nacidos en octubre, cuya fecha límite será del 24 de febrero al 11 de marzo de 2025. Los candidatos nacidos en el mes noviembre deberán presentar sus solicitudes entre el 12 y el 27 de marzo de 2025, mientras que aquellos nacidos en diciembre tienen plazo del 28 de marzo al 12 de abril de 2025.

Es importante que cada solicitante cumpla con los plazos establecidos según su mes de nacimiento para asegurar su participación en el proceso.

En resumen, el acceso extraordinario a la especialidad de Urgencias y Emergencias continúa activo en sus etapas iniciales, aunque la resolución final y la expedición de títulos quedan en pausa hasta que el Tribunal Supremo emita una resolución definitiva.


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