SABER MÁS SOBRE RESPONSABILIDAD CIVIL

Los familiares de un paciente fallecido interpusieron una demanda contra su médico y la aseguradora de Salud para la que trabajaba, reclamando 178.000 € al entender que el fallecimiento se debió a un error ocurrido durante una cirugía de resección de tumoración en la tibia de la pierna derecha del paciente.

Según alegaron los demandantes, no se realizó un análisis anatomopatológico de la pieza extirpada, a pesar de que formaba parte del protocolo quirúrgico, de modo que, según su exposición, se extendió y retrasó un cáncer que acabó en metástasis y provocó el fallecimiento del paciente. La demanda defiende que el retraso diagnóstico de cinco años hizo que el paciente tuviera una gran pérdida de oportunidad.

La aseguradora, en su contestación a la demanda, expuso que no tenía capacidad de decisión en las actuaciones llevadas a cabo por los facultativos y que el contrato de seguro suscrito entre el paciente y la entidad se limitaba a la prestación de servicios sanitarios. No obstante, valoró la praxis de manera concreta, tal y como hizo el médico, exponiendo ambos que no se podía relacionar la ausencia del informe de anatomía patológica con el diagnóstico que se le dio cinco años después, ya que, además de ser un análisis ex post de los hechos, es decir, que no tenía en cuenta los datos que se tenían en el momento de la intervención, estaba basado en suposiciones sin carácter científico.

Defendían que, en el momento de la asistencia prestada por el doctor, no existía ninguna lesión en partes blandas, sino que la única lesión era ósea, tal y como confirmaban las pruebas de imagen que aportaron al procedimiento. Además, el hecho de que no tuviera que precisar asistencia relacionada con la intervención hasta cinco años después, era indicativo de que en el momento de realizar esta, el paciente no estaba afectado por un cáncer de partes blandas, tipo sarcoma, concretamente un fibrohistiocitoma maligno.

A la vista de las pruebas y de los informes periciales que fueron aportados al procedimiento, la defensa indicaba que la lesión benigna por la que fue intervenido el paciente y que fue diagnosticada a través de pruebas de imagen como displasia fibrosa, malignizó cinco años más tarde, ya que, un año después de la cirugía, el paciente acudió con dolor en las rótulas, y en la artroscopia de rodilla que se le hizo no se apreció malignidad.

La sentencia de Primera Instancia daba más credibilidad a los informes aportados por parte de la aseguradora y del médico demandado, ya que había datos en el informe y exposiciones realizadas durante el juicio que hacían dudar que el paciente presentara la patología en el momento de la intervención.

Por ello, el juez concluyó en la sentencia que no había quedado acreditada la relación de causalidad entre el acto por el que se interpuso la demanda y el resultado final, sobre todo porque los síntomas de uno y otro momento eran totalmente diferentes.

Expuso que el paciente acudió a la consulta del traumatólogo por un dolor bilateral de rodilla que no existía sin movimiento, por ello no había certeza de que el dolor tuviera que ver con ese hallazgo casual de imagen osteolítica en el tercio medio proximal de la tibia con adelgazamiento de cortical.

Asimismo, en dicha imagen no constaban signos de malignidad, pues no había rotura de corticales ni se invadían partes blandas, a diferencia de lo que se apreció en la resonancia magnética practicada cinco años después. Malignidad que tampoco apreció el médico al realizar la intervención.

La familia del paciente interpuso un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que, por su parte, desarrolló lo anteriormente expuesto por el juez de Primera Instancia.

La Audiencia expuso que el informe pericial aportado por el médico, a diferencia del de la familia del paciente, dejaba constancia de que la operación para la resección de la lesión y rellenado de la displasia fibrosa de tibia, con la finalidad de evitar la rotura del hueso, hizo que el paciente no experimentara dolor durante cinco años, por lo que se confirmó que la lesión que presentaba tenía carácter benigno y no se podía unir la muestra supuestamente no analizada con el resultado final.

Por tanto, se desestimó el recurso de los demandantes, como antes había ocurrido con la demanda, y se absolvió al doctor y a la aseguradora de Salud.

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