Una vez acabe el Estado de Alarma -presumiblemente el próximo 9 de mayo- podría acabarse la cobertura legal que ofrece el instrumento en algunas de las normativas vigentes en la actualidad en la lucha contra la COVID-19. Entre ellas, la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) ha querido alertar de la situación en la que pueden quedar los profesionales que se contagien de coronavirus en el ejercicio de sus funciones a partir del próximo 9 de mayo. Según denuncia el sindicato, “no está claro cómo cambiará la consideración de enfermedad profesional para quien se vea contagiado por el ejercicio de su profesión”.  

A partir de esa fecha, por tanto, podría entenderse que los médicos que se contagien de COVID limitarán su protección a la que corresponde por enfermedad común. CESM quiere así recordar que no tiene sentido que cese la consideración de enfermedad profesional para los contagios de un virus que puede mantenerse como una enfermedad prevalente en el futuro. De este modo pide que, una vez superada la fase pandémica, su declaración de forma permanente como enfermedad profesional.

Para evitar la desprotección de los profesionales y conflictos de este tipo, CESM lleva meses demandando que la COVID-19 sea incorporada al catálogo de enfermedades profesionales del RD 1299/2006 para el personal sanitario

Ante las dudas de CESM sobre si esta vigencia temporal se considera finalizada con el levantamiento del Estado de Alarma o si es preciso una declaración expresa del cese de las medidas y cuándo se produciría ésta, dada la ambigüedad terminológica, la Confederación ha enviado sendas cartas tanto a la ministra de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, Carolina Darias, como al secretario de Estado de Seguridad Social y Pensiones, Israel Arroyo, de quien realmente depende la consideración de la enfermedad profesional.

Lucha previa

Desde abril de 2020, CESM exigió que el contagio sea considerado enfermedad profesional de manera permanente. Tras diez meses, se anunció la intención del Ejecutivo de aprobar esta declaración, ante la consideración de accidente de trabajo como insuficiente. Se hizo a través del Real Decreto Ley 3/2021 que, sin embargo, “obligó a los médicos a asumir que lo que se había hecho en realidad en febrero era asimilar la COVID-19 en el personal sanitario a la enfermedad profesional“, explica CESM.

Esto es según el sindicato, asignar a estos pacientes las mismas prestaciones que si de una enfermedad profesional se tratase, pero sólo a los contagiados durante el periodo que media entre la declaración de la pandemia a nivel internacional por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el cese por parte de las autoridades sanitarias de las medidas adoptadas para combatirla. Según alerta la Confederación ello podría tener lugar el próximo 9 de mayo, cuando el Gobierno levante el Estado de Alarma.


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