En el mundo de la profesión médica cualquier detalle es clave a la hora de paliar una enfermedad y salvar la vida de un paciente. Un trabajo muy cuidadoso en el que hay que prestar mucha atención a la hora de interpretar pruebas diagnósticas y revisar informes, para que no haya deficiencias ni fallos en el propio diagnóstico.
Un paciente demandó a un radiólogo y a una clínica donde se realizó unas pruebas radiológicas. Solicitó 1,4 millones de euros alegando que, a consecuencia de un error en la lectura de las pruebas que le realizaron, no pudieron establecer un tratamiento adecuado para evitar un ictus que acabó sufriendo posteriormente.
La defensa del médico demandado -y los peritos- expusieron que no había una correlación alguna con el resultado real de la angiorresonancia intracraneal y de la resonancia magnética nuclear. El paciente acusó al médico de que, a causa de la incorrecta lectura de estas pruebas que le realizaron, sufrió un ictus apopléjico que le provocó una importante disfunción física. Hecho que le ha llevado a ser una persona totalmente dependiente.
El médico que fue demandado negó rotundamente su responsabilidad. Expuso que no hubo una acción negligente por su parte ya que él no realizó la prueba de angiografía ni hizo entrega del informe. Un informe escueto al que, aparte de faltarle la valoración, carecía del dictamen y la prueba descriptiva. Consideró también que ese daño no se hubiera producido si el hospital o el enfermo hubieran actuado de una manera más diligente en el tratamiento de su patología.
El juez, tras analizar los informes periciales y la documentación que fue aportada por ambas partes, dictaminó que hubo un error por parte del radiólogo quien entendió que las pruebas realizadas era normales y correctas. Como se demostró en los informes periciales se podía apreciar una trombosis en la carótida interna izquierda. También se podía observar en la angiorresonancia intracraneal una clara asimetría de carótidas internas.
Con todos los hechos señalados, el juez responsabilizó al radiólogo de lo ocurrido ya que el error en la lectura de las pruebas que realizó supuso que el paciente no recibiera una atención adecuada en el momento indicado, lo que acabó dejándole como una persona totalmente dependiente tras el ictus apopléjico que sufrió posteriormente.
La clínica en cuestión, que también fue demandada, demostró que las pruebas fueron realizadas de manera correcta, siendo independiente la ejecución de las mismas y el funcionamiento de las instalaciones con el informe erróneo que acabó emitiendo el radiólogo. Y es que la clínica únicamente puso a disposición del doctor los medios materiales para la realización de estas pruebas.
Con toda la información recogida el magistrado absolvió al centro hospitalario ya que la clínica no tenía que responder por la actuación del especialista que realizó las pruebas. El médico fue condenado y tuvo que indemnizar con una cantidad de un millón de euros al paciente por todos los daños, tanto físicos como morales, que sufrió tras el ictus apopléjico. También tuvo que asumir las costas de los intereses legales y del juicio.