olvido oncológico

El Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, introduce en España el llamado «derecho al olvido oncológico», una medida que busca facilitar el acceso a seguros y productos financieros a personas que han superado un cáncer. El derecho al olvido oncológico permite no tener que declarar haber padecido un cáncer a las personas que lo hayan superado y haya transcurrido 5 años desde la finalización del tratamiento sin recaída, evitando así cualquier tipo de discriminación.

Con motivo de la celebración del acto del Día Mundial Frente al Cáncer, organizado por la Asociación Española Contra el Cáncer y con la participación de Su Majestad la Reina, la ministra de Sanidad, Mónica García, ha anunciado la publicación de este documento. “Varias asociaciones, incluida la Asociación Española contra el Cáncer, nos trasladaron la necesidad de elaborar un documento de preguntas y respuestas frecuentes sobre la aplicación del derecho al olvido oncológico, para ofrecer información clara a pacientes y entidades financieras y aseguradoras”, ha afirmado la ministra en dicho acto.

Para ello, el Ministerio de Sanidad creó un grupo de trabajo con la Dirección General de Seguros, la Dirección General de Consumo, la Agencia Española de Protección de Datos y el Ministerio de Sanidad, asegurando un enfoque riguroso y coordinado. Fruto de ese esfuerzo “ya tenemos listo este documento, que será clave para consolidar este derecho y fortalecer la calidad de vida de los pacientes y supervivientes. Nos encantará compartirlo con las asociaciones para su revisión y ampliación, garantizando que sea un documento vivo y en constante evolución”, ha mencionado García.


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