El Ministerio de Sanidad ha publicado el proyecto de Real Decreto (RD) por el que se establece el título de especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias y en el que abre la puerta a que la nueva especialidad tenga una “formación común” con la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria.

En el interior del texto del proyecto de RD, el Ministerio indica que “se ha resuelto favorablemente la solicitud de creación de la especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias“, por lo que el Gobierno procederá ahora a su creación. El primer paso, la publicación de este proyecto de RD tras someterse a consulta pública y al que se podrán enviar aportaciones entre hoy, 8 de septiembre, y hasta el próximo 28 de septiembre de 2023.

Se estima que el texto definitivo del RD no vea la luz hasta el próximo año 2024, por lo que las primeras plazas saldrá, previsiblemente, en 2025.

Dos años de formación común

De este modo, la llegada de la ‘ansiada’ especialidad de Urgencias y Emergencias está cada vez más cerca. Sin embargo, Sanidad considera pertinente que esta tenga una formación común de dos años con Medicina Familiar y Comunitaria, si bien se mantiene la elección de la especialidad al inicio del período formativo, tal y como se afirma en el documento. Por tanto, se actualiza la formación de la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria.

“Las personas con título de especialista en cualquiera de las dos especialidades en Ciencias de la Salud que acrediten un periodo de ejercicio profesional de cinco años, como mínimo, podrán obtener el título de especialista de la otra especialidad, a través de una prueba de evaluación de la competencia y un periodo de formación en la nueva especialidad”, especifica el texto.

La formación en la especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias tendrá una duración mínima de cuatro años y compartirá el mencionado período de formación común con la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria. Asimismo, la formación de esta nueva especialidad se realizará en las unidades docentes acreditadas.

Competencias de cada especialista

Asimismo, se definen las competencias de cada especialista, que serán diferentes. El especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias será el encargado de la “atención inmediata de la persona enferma o lesionada de cualquier edad, realizando un diagnóstico diferencial e iniciando o planificando su tratamiento, antes de su transferencia a otras personas especialistas, del nivel asistencial que se requiera”.

Por su parte, el ámbito de actuación del especialista en Medicina Familiar y Comunitaria se desarrolla en los centros sanitarios C.1 con unidad asistencial U. 68. Urgencias y Emergencias y, cuando se precise, en los centros sanitarios C.2.5.7 con unidad asistencial U.100 Transporte sanitario (carretera, aéreo, marítimo) del RD 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.

Una Comisión Nacional de la Especialidad de Urgencias

En este sentido, el Ministerio también creará la primera Comisión Nacional de la Especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias, con la composición y funciones que se prevén en el artículo 28 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre.

Esta Comisión, con sede en el Ministerio de Sanidad, se constituirá en el plazo máximo de tres meses desde la entrada en vigor del RD. Inicialmente estaría formada por nueve vocales y, tras la primera oferta de plazas de la nueva especialidad, se incorporarán a la misma los dos vocales en representación de los especialistas en formación.

Una vez constituida la Comisión Nacional, en el plazo de un mes se formará la comisión específica a la que corresponde “elaborar las competencias del periodo de formación común de Medicina de Urgencias y Emergencias y Medicina Familiar y Comunitaria”. Y, en el plazo de seis meses desde la constitución de los órganos asesores, se elaborarán y publicarán los nuevos programas formativos de las especialidades de Medicina de Urgencias y Emergencias y de Medicina Familiar y Comunitaria.

Coste presupuestario

El proyecto de RD “no implica incremento de gastos de personal, ni precisa de nuevas dotaciones presupuestarias en el ámbito del sector público, llevándose a cabo con las disponibilidades presupuestarias existentes”. Sin embargo, sí presentarán coste algunos aspectos.

Por ejemplo, en el marco de la nueva Comisión Nacional de la Especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias, dado que los vocales proceden de cualquiera de los centros sanitarios españoles, se generan dietas por el desplazamiento para asistir a las reuniones presenciales. El presupuesto de estas reuniones asciende a un total de 11.074,14 euros.

Por otra parte, para el acceso extraordinario al título de especialista de Urgencias y Emergencias, se requerirá la realización de dos pruebas prácticas, para las cuales se constituirá un Tribunal compuesto por 5 vocales. El coste de dietas y asistencias del Tribunal ascendería a 10.125,3 euros para las dos pruebas, mientras que el coste de la elaboración de los 6 casos prácticos (3 casos por cada prueba práctica) se estima en 2.160,0 euros. De esta forma, el coste total de la prueba de acceso extraordinario al título de especialista en Urgencias y Emergencias será de 12.285,3 euros.

Finalmente, hay un total de ocho comunidades autónomas (Aragón, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Comunidad Valenciana, Galicia, Madrid y La Rioja) que han manifestado su necesidad de formación de especialistas y su compromiso de financiación de 158 plazas de formación con sus recursos económico-financieros. El coste de formación de una persona residente durante cuatro años de formación asciende a 219.414,079 euros, por lo que el coste de la formación de los residentes propuestos por las ocho regiones que se han comprometido a financiar la oferta de plazas de esta nueva especialidad, supondría un total de 34.667.424,48 euros.


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