GM | miércoles, 08 de enero de 2020 h |

Osakidetza ha acreditado a las enfermeras y enfermeros de Euskadi para la “indicación, uso y autorización de la dispensación de medicamentos y material sanitario”, otorgándoles seguridad jurídica en su ejercicio profesional. Así lo ha publicado el Boletín Oficial del País Vasco, que detalla la orden que regula este procedimiento. Esta orden permite desarrollar el Real Decreto 954/2015, que habilitará a los profesionales de enfermería para que puedan desempeñar un papel más activo en la respuesta directa dada a los pacientes en consulta.

Además de la titulación, el colectivo debe cumplir ciertos requisitos: tener una experiencia profesional mínima de un año o, en su defecto, superar un curso de adaptación gratuito habilitado por la Administración sanitaria, siendo este proceso competencia de cada comunidad autónoma. Concretamente, el Departamento de Salud estima que en territorio vasco el 98 por ciento de las y los profesionales de la enfermería podrán acreditarse de manera directa.

En qué consiste

El Real Decreto establece dos supuestos en la dispensación de medicamentos. Por una parte, las enfermeras y enfermeros podrán indicar, usar y autorizar la dispensación de medicamentos no sujetos a prescripción médica (Ej: ibuprofeno) y de productos de uso humano (Ej.: absorbentes, material para curas…) de forma libre y autónoma.

Además, podrán indicar, usar y autorizar la dispensación de determinados medicamentos sujetos a prescripción médica, pero tendrán que realizarlo de manera colaborativa a través de protocolos y guías de práctica clínica y asistencial. Estos protocolos deberán ser aprobados por la Comisión Permanente de Farmacia del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.