La COVID-19 ha sido reconocida como enfermedad profesional para todo el personal sanitario y sociosanitario. Así se ha acordado como parte de un Real Decreto-Ley aprobado en el Consejo de Ministros, tal y como ha apuntado el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá. La medida sigue la estela de reconocimiento del Gobierno para con los profesionales de la Sanidad, que ya había designado anteriormente a la enfermedad provocada por el SARS-CoV-2 como accidente laboral.

De esta manera, se ha referido de forma explícita a aquellos profesionales sanitarios y sociosanitarios que han contraído COVID-19 en el ejercicio de su profesión. “Ello va a permitir, en determinadas circunstancias, una mayor protección”, ha sentenciado. Por ejemplo, se ha precisado que se incluiyen también las “posibles secuelas”.

Asimismo, la declaración de la COVID-19 como enfermedad profesional atañe al amplio espectro del que se compone el personal sociosanitario. Es decir, también afecta a “celadores y otros trabajadores que desempeñan su labor en la sanidad”, según ha especificado el ministro.

No obstante, tal y como pudo acotar en la rueda de prensa el titular del Ejecutivo, la norma excluye a trabajadores de limpieza o mantenimiento si su contratación se hace por medio de contratas, aunque trabajen en un centro sociosanitario.

La medida, según ha deslizado el Gobierno a través de sus redes sociales, tendrá carácter retroactivo. En este sentido, esta condición será reconocida en aquellos que contrajeron el virus desde que la Organización Mundial de la Salud (OMS) elevó la alerta al nivel de pandemia y su vigencia durará “hasta el fin de todas las medidas de prevención”.

Al mismo tiempo, Escrivá ha anunciado que los trabajadores sanitarios jubilados van a poder compatibilizar, de manera extraordinaria, su actividad laboral con su jubilación.

Satisfacción a medias de los médicos

La noticia venía siendo vox pópuli desde la jornada anterior su anuncio oficial. En esta circunstancias, la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (Cesm) acogió en principio “con satisfacción” su avance como el logro de la consecución de una de sus peticiones más insistentes durante la pandemia. En este sentido, la organización alegaba que no era suficiente la consideración como accidente de trabajo, una reclamación a la que posteriormente se fueron sumando diferentes organizaciones.

No obstante, tras ver la redacción final de Real Decreto, la organización no considera respondidas sus demandas a este respecto. Así, Cesm ha señalado que únicamente se ha aprobado esta consideración a los contagiados durante el período que media entre la declaración de la pandemia a nivel internacional y el cese de las medidas para combatirla.

“El SARS-CoV-2 puede mantenerse como una enfermedad prevalente en el futuro, manifestándose también una vez superada la fase pandémica”, han subrayado. Así las cosas, han reclamado una mayor cobertura para los profesionales por su puesto en primera línea. “Demandamos que la COVID-19 sea incorporada al catálogo de enfermedades profesionales de las del RD 1299/2006 para el personal sanitario”.

Por otro lado, y aunque se ha reconocido la mejora de la situación con esta nueva norma, Cesm ha lamentado también que no se haya facilitado el mismo tratamiento para la consideración de profesión de riesgo para los médicos.

Un paso lógico para enfermería

Por su parte, el sindicato de enfermería SATSE, ha subrayado que el reconocimiento del COVID-19 como enfermedad profesional para el personal sanitario “supone un avance justo y merecido que ofrecerá mayores garantías y tranquilidad“. Del mismo modo, ha definido esta decisión del Gobierno como el paso lógico tras la declaración de la enfermedad como accidente laboral.

Tal y como apunta la organización, esta era una necesidad que posibilitará acceder a determinados beneficios “sin límite temporal”. Entre ellos, un incremento en la prestación económica percibida correspondiente al periodo de baja o una mayor protección en caso de posibles recaídas y/o secuelas.


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