J.P.R. Madrid | viernes, 28 de octubre de 2016 h |

La obligación del Código de Buenas Prácticas de Farmaindustria de publicar todas las transferencias de valor ha generado incertidumbre entre los profesionales sanitarios. Esta preocupación ha llevado al grupo parlamentario de Ciudadanos a presentar una proposición no de ley (PNL) en el Congreso de los Diputados para que se declaren exentas de tributación aquellas “dedicadas a la formación de los profesionales del Sistema Nacional de Salud”.

La intención de la formación que lidera Albert Rivera es que este tema pueda entrar en la Comisión de Sanidad para su debate. El texto considera transferencias de valor “los pagos de las inscripciones a cursos, congresos o cualesquiera actividades formativas para las que hayan obtenido previa autorización del centro sanitario en el que presten sus servicios, así como los gastos de traslado y alojamiento que se deriven de la asistencia a las mismas, excepto los de manutención”.

Ciudadanos considera que en un contexto marcado por los bajos salario de los médicos españoles “afrontar los gastos de la formación continuada ( asistencia a cursos y congresos) debería de ser tarea del propio Sistema Nacional de Salud”.

Distinción en las transferencias

La PNL de Ciudadanos se dirige exclusivamente a la cuestión de la formación y especifica que “el resto de transferencias de valor realizadas por la industria farmacéutica, de instrumental médico o cualquier otra estará sujeta a la tributación habitual”. También deberían tributar, a juicio, de la formación naranja las transferencias dedicadas a la promoción o investigación de productos farmacéuticos, ya que suponen “una actividad destinada directamente a favorecer la actividad productiva y los legítimos intereses de una empresa. Por todo ello el grupo parlamentario ciudadanos presenta la siguiente.

Hasta ahora la Dirección General de Tributos siempre había entendido que la asistencia a congresos y los pagos derivados podían considerarse pago en especie. Así lo resolvió en 2002 y 2006 ante las proguntas que formularon una compañía farmacéutica y otra de equipamiento sanitario.

Los dictámenes cuentan ya con cierta antigüedad pero continúan vigentes, ya que no existen resoluciones posteriores que hayan tratado el tema (Ver GM nº 605). Estas retribuciones en especie pueden clasificarse de dos maneras diferentes. “Procederá su calificación como rendimientos del trabajo cuando la ‘invitación’ al congreso venga motivada por el puesto de trabajo desempeñado por el médico beneficiario”, según la resoluciónd e la direfción general. En el caso del ejercicio libre de la profesión “su calificación será la de rendimientos de la actividad profesional”.

Fuentes de Farmaindustria han mostrado a este periódico su apoyo a la propuesta de Ciudadnos en el Congreso de los Diputados. “La industria farmacéutica, los profesionales y, en general, el mundo de la salud han entendidosiempre que tales patrocinios no debían ser considerados retribuciones en especie, o, en caso de serlo, no deberían tener impacto fiscal en el profesional sanitario, ya que deben considerarse como una causa de exclusión, según los supuestos que contempla la Ley del IRPF”. La patronal insiste en que la formación es una obligación del profesional, que beneficia al sistema sanitario.