C. Valenciana/ Los residentes prescribirán con autorización desde el segundo año

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Responde a una petición histórica de los facultativos de AP para reducir burocracia
| 2011-03-11T16:24:00+01:00 h |

REDACCIÓN

Madrid

Respondiendo a una de las peticiones históricas de los médicos de atención primaria, los facultativos de urgencias de la Comunidad Valenciana dispondrán de talonarios oficiales de recetas para cubrir las necesidades de los tratamientos de los pacientes, sustituyendo el documento utilizado hasta ahora (P10) con el que el paciente acudía a su centro de salud, aumentando la carga burocrática de estas consultas.

Para ello dispondrán de los instrumentos informatizados corporativos que deberán integrarse en el sistema de receta electrónica de la región. En cualquier caso, también se suministrará a los pacientes desde los botiquines de urgencias —tanto de AP como del hospital— la medicación necesaria para cubrir las necesidades en ese mismo momento.

Segundo año MIR

Así lo ha determinado la resolución aprobada el pasado 4 de marzo por la Agencia Valenciana de la Salud en la que también se establece que los residentes utilicen estos talonarios de recetas a partir del segundo año de especialización —en lugar del tercero—, siempre que cuenten previamente con la autorización firmada por su tutor.

El documento también emplaza a las comisiones de docencia a elaborar un protocolo de actuación para graduar la supervisión de las actividades que lleven a cabo los MIR en el área de urgencias, en especial en la prescripción de productos farmacéuticos durante el primer año de residencia. Por ello, la resolución también contempla que todos éstos reciban la formación necesaria para el uso racional tanto de los productos como de los sistemas informáticos disponibles.