MIR/ Aragón y Extremadura reconocen sus funciones pero sin recompensa económica

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El decreto extremeño es el tercero en ver la luz tras los de Castilla y León y La Rioja

Tampoco fija un número máximo de residentes ni el tiempo para la labor docente

| 2011-02-11T15:30:00+01:00 h |

MÓNICA RASPAL

Madrid

La actividad docente en la formación especializada de Aragón y Extremadura será valorada como mérito en los niveles de carrera profesional y en el acceso a plazas públicas, según las normas aprobados recientemente en ambas comunidades, que no contemplan los incentivos de tipo económico, siguiendo la línea de La Rioja y Castilla y León, únicas regiones que hasta el momento han desarrollado los decretos a los que emplazaba la legislación nacional, aprobado en febrero de 2008.

Mientras que el Gobierno aragonés simplemente ha regulado este reconocimiento de los tutores —modificando una Orden del 15 de abril de 2010—, el extremeño ya ha publicado en su Diario Oficial un real decreto que configura las unidades docentes —contemplando las multiprofesionales pero dejando la puerta abierta a las futuras troncales—, los órganos de carácter colegiado —comisiones, subcomisiones de docencia y comités de evaluación— y el procedimiento para las rotaciones externas. Tal y como ha explicado a GM José María Vergeles, director de Planificación, Formación y Calidad de la Consejería de Sanidad de esta región, se crean además las figuras del jefe de estudios, el tutor de residentes, el colaborador docente y el técnico de salud pública, una apuesta esta última poco destacada hasta el momento pues sólo se contempla en algunos programas de especialidades, pero que tiene mucha incidencia en las unidades docentes de Medicina Familiar y Comunitaria. Entre sus funciones, la norma fija la de asesorar en la aplicación de los programas de AP y en la coordinación con especializada intra y extrahospitalaria.

A todos ellos, según Vergeles, se les reconocerá su desempeño no sólo como una labor de gestión clínica sino con indicadores de evaluación en base a los criterios que se pacten con la entidad titular de la que dependa cada unidad, dejando claro que será valorado como mérito en el acceso a los niveles de carrera profesional y en la provisión de plazas que se negocien en la Mesa Sectorial de Sanidad, en consonancia con algunas de las peticiones de la Asociación de Redes Docentes y Asesoras (Areda), que también aboga por un reconocimiento de tipo económico. “El decreto no establece estos incentivos pero si prevée que pueda haberlos. No lo impide sino que lo posibilita”, aclara.

El texto tampoco concreta un número de residentes por tutor —el cupo recomendado por Areda es un máximo de cinco— ni el tiempo reservado para esta labor, limitándose a reseñar que para la adecuada realización de sus funciones, todas las figuras docentes dispondrán,“ dentro de su jornada laboral, del tiempo necesario”, definición similar a la del resto de normas autonómicas —sólo Castilla y León ha fijado un 5 por ciento— “difícil de conjugar” para los representantes de los tutores.

Vergeles añade que, sin embargo, estas cuestiones podrían ser desarrolladas en un Plan de Calidad posterior a la norma según las directrices que marque la Dirección General y la Comisión de Formación Sanitaria Especializada regional.

En cuanto a la evaluación anual y final de los residentes —que el decreto nacional de 2008 dejó en manos de las comunidades—, la norma extremeña simplemente regula la formación de los comités de evaluación por cada una de las especialidades, sin entrar en más detalle ni establecer la obligatoriedad o no de ésta pues, según el director de Planificación, se están poniendo en marcha diferentes experiencias en las unidades docentes que deben ser estudiadas por la citada Comisión antes de tomar decisiones.