Economía/ El texto de la futura norma de Servicios Profesionales establece la imposibilidad de compaginar otros cargos con los colegiales

br

M. R. Madrid | viernes, 11 de enero de 2013 h |

De salir adelante el texto que maneja el Ministerio de Economía para el futuro anteproyecto de Ley de Servicios Profesionales los directivos de las organizaciones colegiales no podrán compatibilizar sus puestos con otros cargos políticos ni podrán ser titulares de “órganos directivos de las administraciones públicas o de organizaciones sindicales, empresariales o partidos políticos”, un punto en el que actualmente incurrirían 15 de los 52 presidentes colegiales provinciales, que tienen cargos en sindicatos y en los consejos de administración de mutuas sanitarias.

Algunos de los casos más destacados son el del presidente del Colegio de Médicos de Badajoz, Pedro Hidalgo, que esta misma semana ha anunciado su candidatura a las elecciones del 30 de enero para la vicepresidencia del Sindicato Médico de Extremadura (Simex) —dentro de la lista del actual presidente Fernando Pérez Escanilla—, el de José Luis Díaz Villarig, presidente del Colegio de Médicos de León, del Consejo Autonómico y de CESM regional, el de Francisco Miralles, secretario general de CESM nacional, presidente de su delegación de Murcia y vicepresidente del colegio de esta comunidad o el de Carlos González Vilardell, presidente del Colegio de Médicos de Sevilla y vicepresidente de la Agrupación Mutual Aseguradora (AMA).

Sin embargo, el informe deja abierta la posibilidad de que afecte a todos los miembros de las juntas directivas, donde son muchos los que mantienen vínculos con otras empresas u organizaciones o con la titularidad de una consulta privada, aunque el texto de la futura la norma no deja claro que también esto sea causa de incompatibilidad. La mayor parte de los colegios provinciales han mostrado siempre su rechazo a establecer estos límites y los nuevos estatutos aprobados por la Asamblea de la Organización Médica Colegial (OMC) en 2010 fijaron que sólo los cargos ejecutivos de esta entidad —presidente, secretario general y tesorero— no pueden compatibilizar su cargo con puestos en colegios, sindicatos, entidades de aseguramiento o previsión social ni en el Gobierno, aunque algunas propuestas apostaban por incluir a toda la Permanente y un informe realizado por la Comisión Deontológica dos años antes apuntaba como “conveniente”, que las incompatibilidades se extendieran a los consejos autonómicos y los colegios provinciales para evitar no sólo conflictos económicos, sino también posibles tensiones por confrontación de intereses. Finalmente, la Asamblea acordó que dichas causas las estableciera cada colegio y consejo dentro de sus estatutos particulares sin que unos se aplicaran en los otros.

Por otra parte, el borrador apuesta por la adaptación del ámbito territorial con la regla general de que el colegio sea autonómico y, excepcionalmente, provincial, lo que podría conllevar la desaparición de gran parte de los 52 colegios actuales y una nueva modificación estatutaria del Consejo General.

Los estatutos de la OMC solo contemplan éstas para presidente, secretario y tesorero

La Deontológica apostó en 2008 por extenderlas a directivas provinciales y autonómicas