Compliance

br

J.V., RSC | viernes, 11 de marzo de 2016 h |

El Código Ético de Wecare-u pretende enmarcar la interrelación
con los agentes del SNS hacia la consecuención de intereses legítimos
o comunes con la industria

Conscientes de que el entorno cambia y que aparecen nuevas necesidades y desafíos, el sector de la industria farmacéutica se ha volcado hacia un cambio de cultura que se centra en un modelo de la autorregulación.

Teniendo en cuenta estos nuevos requerimientos, Wecare-u, compañía editora de Gaceta Médica y El Global, ha desarrollado un Código de Conducta en la Interacción con Stakeholders que contiene las pautas de comportamiento en el desarrollo de sus actividades.

Dicho código incorpora comportamientos que cumplen con el Código de Buenas Prácticas de Farmaindustria y con la Ley Estadounidense de Prácticas Corruptas en el Extranjero (FCPA), el Convenio de la OCDE de Lucha contra la Corrupción de Agentes Públicos Extranjeros en las Transacciones Comerciales e Internacionales y las distintas leyes locales o multinacionales que prohiban el pago de sobornos a miembros del gobierno.

Con este documento, la compañía pretende establecer vínculos firmes y permanentes con los interlocutores, inspirando confianza para asegurar el éxito mutuo.

El Código Ético tiene como finalidad sentar las bases de actuación promoviendo una cultura ética, el compromiso con la transparencia preservando la integridad de los stakeholders, con el propósito de contribuir a un mejor Sistema Nacional de Salud (SNS).

Este compromiso refleja la decisión de los órganos de gobierno del grupo, aceptando someter sus actividades a normas éticas más estrictas que las que forman parte del actual ordenamiento jurídico y con el fin de facilitar el cumplimiento de otros códigos de autorregulación que aplican a las compañías farmacéuticas a las que Wecare-u presta servicios.

Asimismo, “pretende contribuir a que las prácticas de la industria farmacéutica, efectuadas desde un tercero, respondan a los más altos estándares éticos internacionales, promoviendo una industria responsable, íntegra, transparente y atenta a cualquier práctica desleal”, indica el texto.

La transparencia, la integridad y la responsabilidad en las relaciones de la compañía con pacientes, profesionales sanitarios, representantes de partidos políticos y decisores son los pilares del código, que pretende enmarcar la interrelación con los agentes del SNS hacia la consecución de intereses legítimos comunes con la industria, en aras de la protección y mejora de la salud pública.

Principios básicos de actuación

Que duda cabe que la transparencia ha llegado al sector para quedarse, por ello, el código contempla algunos principios rectores que establecen los estándares básicos que lo conforman y que se aplican al comportamiento de los empleados y colaboradores, contribuyendo a asegurar que sus interrelaciones con los distintos actores del sistema sanitario sean adecuadas.

De este modo, la mejora del acceso a la atención sanitaria y la calidad de vida de los pacientes es el primer pilar. En este sentido, la normativa autorreguladora defiende que las relaciones con los actores del SNS deben responder al beneficio del paciente, por el apoyo a una “sana práctica de la medicina y otras ciencias relacionadas con la salud de los ciudadanos, así como por el fomento a la investigación, la ciencia y el desarrollo”.

Asimismo, el cumplimiento del marco legal, respetando estrictamente la normativa vigente y los estándares y regulaciones específicas del sector farmacéutico es una de las bases de esta nueva estrategia, ya que dado que los principales clientes son compañías farmacéuticas, debe prestarse especial atención a los estándares de la industria europea formalizados por los códigos EFPIA, así como por el Código de Buenas Prácticas de Farmaindustria.

La compañía considera que el cumplimiento de la regulación es fundamental, y para ello, “debe demostrarse una conducta transparente y ética en las interacciones con los cargos públicos, evitándose toda conducta que pueda interpretarse como prácticas que no son éticas.

En este sentido, antes de iniciarse cualquier relación entre Wecare-u y un cliente como prestador de servicios, debe garantizarse que se cumplen los requisitos establecidos.

En esta misma línea, evitar los conflictos de intereses es otro de los pilares que resalta este código. Asimismo, Wecare-u apuesta por una formación e información dirigida a profesionales sanitarios y pacientes de calidad, de modo objetivo, preciso y apoyada por datos científicos.

Para llevar a cabo estas relaciones entre compañías, el compromiso de Wecare-u aboga por suprimir el beneficio monetario o de otro tipo con el objetivo de influenciar o promocionar los productos o servicios de su cartera de clientes. Siempre y cuando exista un registro documentado que justifique el importe a abonar por su prestación podrá existir la contratación de profesionales sanitarios, representantes de organizaciones de pacientes o partidos políticos para asesoramiento o consultoría.

No obstante, la práctica habitual hace que estos casos no se produzcan y no hay pagos a representantes públicos ni a representates de pacientes.

Del mismo modo, “con el fin de facilitar la transparencia, en los casos de publicaciones o eventos patrocinados, se notificará por escrito al cliente que lo solicite las transferencias de valor realizadas a profesionales sanitarios de forma individual o agregada, haciendo cumplimiento de la normativa aplicable en materia de protección de datos de carácter personal”, indica.