precios/ El Ministerio de Sanidad creará finalmente 56 conjuntos menos en el ámbito hospitalario y 58 en atención primaria

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C. R. / C. A. Madrid | viernes, 14 de junio de 2013 h |

El proyecto de orden de precios de referencia que tuvo entrada el pasado 23 de mayo en el Consejo de Estado ha sufrido grandes cambios. Finalmente, la orden, a la que ha tenido acceso este periódico, introduce cuantiosas modificaciones en los conjuntos. El primer borrador preveía la creación de un total de 259 conjuntos en el ámbito hospitalario. Esta cifra se ha reducido en 56, hasta quedar en un total de 203 nuevos conjuntos. En la oficina de formacia el número de nuevos conjuntos ascendía inicialmente a 235, cifra que finalmente ha quedado redudcida a 177; es decir un total de 58 conjuntos menos. En total, el texto definitivo incluye 114 conjuntos menos con respecto al borrador inicial.

En cuanto a aquellos que ahora existen pero que desaparecerán una vez entre en vigor la orden iban a ser diez en un principio, y ahora son 24. En el ámbito hospitalario, se ha añadido uno más a los ocho previstos en un principio. Pero el mayor cambio se producirá en el ámbito de la farmacia, donde la cifra de conjuntos desaparecidos ha pasado de nueve a 17.

A cambio, se han incluido otros nuevos conjuntos, algunos de ellos importantes, como es el caso de la desloratadina o el dexketoprofeno en farmacia y la epoetina alfa en hospitales.

No es el único cambio de calado que ha experimentado la orden a su llegada al Consejo de Estado, que examinó al proyecto en la Comisión Permanente celebrada el 13 de junio. Sanidad evitará que haya medicamentos con precios irrisorios que comprometan su fabricación. El cálculo de los precios de referencia no varía. Continúa siendo el del coste, tratamiento y día más barato de todo conjunto. Es su aplicación en la fijación del precio de cada presentación lo que se modifica. Ese precio ya no será extrapolable mediante prorrateo siempre que el resultado sea un precio industrial inferior a los dos euros.

Es decir, a partir de ahora, Sanidad no obligará a bajar por debajo de ese límite, con lo que esos precios solo se generarán si un laboratorio presenta una oferta de precio menor que garantice que el fármaco puede ofrecerse a ese precio. Para aquellas presentaciones cuyo precio de comercialización con anterioridad a la publicación de la orden fuera inferior a ese límite se ha mantenido el precio que tuvieran ya fijado.

De esta manera se ha confirmado el análisis ‘caso por caso’ que tanto la ministra de Sanidad, Ana Mato, como el director general de Cartera Básica del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, Agustín Rivero, habían anunciado en respuesta a la preocupación suscitada por la desaparición del umbral mínimo. El cambio no se ha traducido finalmente en ‘umbral’ per se, sino en un “factor de corrección” que, según el texto de la orden, impedirá que medicamentos “cuyo lugar en la terapéutica es indiscutible” puedan dejar de producirse por terminar costando unos pocos céntimos, generando desabastecimientos y un efecto desplazamiento hacia otras moléculas más caras.

Deducciones del RDL 8/2010

Más allá, el Ministerio de Sanidad también ha considerado oportuno limitar el impacto de las deducciones del 7,5 por ciento previstas en el Real Decreto-ley 8/2010, en línea con la filosofía de las enmiendas que el grupo parlamentario popular en el Congreso ha incluido en la tramitación de la modificación de la Ley de Garantías. Para ello, la orden de precios incluye una disposición transitoria tercera con dos artículos: uno dirigido al ámbito de las oficinas de farmacia y otro para el ámbito hospitalario.

En el primer supuesto, la redacción de la orden señala que a las presentaciones de medicamentos incluidas en el sistema de precios y cuyo precio de compra estuviese afectado por lo previsto en los artículos 8 y 10 de este real decreto-ley, “no les serán de aplicación las deducciones establecidas en dichos artículos, a partir del quincuagésimo día natural contado desde la entrada en vigor de la presente arden, siempre y cuando las compras de estos medicamentos sean formalizadas con cargo a fondos públicos del SNS a través de los servicios de farmacia de los hospitales, de los centres de salud y de las estructuras de atención primaria”.

En el ámbito hospitalario, a las presentaciones de medicamentos incluidas en el sistema de precios y afectadas por el RDL 8/2010 no les serán de aplicación las deducciones establecidas “a partir de la fecha en la que se liquiden a los nuevas precios las facturaciones al SNS, incluidas las correspondientes a las mutualidades de funcionarios mencionadas”.

La nueva orden prevé la desaparición de un total de 24 conjuntos antiguos, diez más que los previstos inicialmente

Sanidad impedirá que medicamentos “cuyo lugar en la terapéutica es indiscutible” puedan dejar de producirse