TIBUNA

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| viernes, 16 de abril de 2010 h |

Carlos Arjona

Pte. del Colegio de Médicos de Cáceres

¿Qué relación contractual tenemos los médicos españoles? Si realizamos esta pregunta, mucho compañeros no sabrían qué responder. Y si les preguntamos las diferencias con otros países europeos, la situación se complica, pero todos contestarían que en otros países un médico gana más y que se encuentran insatisfechos con las retribuciones que reciben, pero sobre todo se encuentran insatisfechos con el reconocimiento que se hace de su labor.

En España, la mayoría de los médicos de hospitales y primaria tienen, salvo alguna excepción, un sistema de retribución funcionarial (estatutario). Las comunidades autónomas establecen unas retribuciones básicas formadas por un sueldo base grupo A, y trienios más unas retribuciones complementarias que son un complemento de destino nivel 24, el complemento específico por la especial responsabilidad y exclusividad y por último la productividad fija.

Sumando todos los conceptos, nos encontramos que un médico español dependiendo de la comunidad autónoma donde trabaje, recibe una retribuciones brutas anuales entre los 53.000 y 63.000 euros/año, muy lejos de la retribuciones de médicos como los del Reino Unido de 90.000 a 144.000 euros/año o los de Francia de 60.000 a 115.000 euros.

También en España tenemos las horas de guardia, que dependiendo de las comunidades tienen un precio distinto, pero muy por debajo de lo que se podrían considerar horas extras y que supone tener que permanecer muchas horas al mes en el lugar de trabajo, impidiendo en ocasiones la conciliación de la vida familiar y laboral. Por último se percibe una productividad variable y carrera profesional que cambia según tenga establecido el servicio de salud.

En estos momentos nos encontramos con grandes diferencias retributivas entre las distintas comunidades autónomas. Debemos exigir un sistema retributivo que tenga en cuenta la responsabilidad, el conocimiento, la formación, y los resultados en salud. Debe ser un modelo estable que retribuya la profesión de médico y lo que esto significa.

A dichas retribuciones es necesario añadir otras de tipo individual, objetivas y con posibilidad de ser alcanzadas, que estimulen y reconozcan la fidelización del médico con su servicio de salud. Todas estas retribuciones se tienen que ajustar a una jornada laboral ordinaria, que permitan la conciliación de la vida laboral y familiar. En nuestro sistema retributivo se podrá mantener, en estos momentos, la pertenencia al grupo A de titulado superior, pero el complemento de destino tiene que elevarse a nivel 26, por la responsabilidad, diferenciando así con otros profesionales. Respecto al complemento específico se tendría que generalizar a todos los profesionales y establecer un nuevo complemento, para aquellos que dediquen un mayor compromiso y dedicación de más horas de trabajo. La productividad variable tendría que ser una retribución clara por objetivos.

Para finalizar no podemos olvidar el sistema retributivo establecido por las compañías privadas en España, que fijan los honorarios de forma obligatoria sin negociación de contratos entre ambas partes, y sin tener en cuenta los costes de mantenimiento de las consultas. El conseguir una retribución por acto médico, ajustadas al trabajo individual, es uno de los retos pendientes de las organizaciones médicas.

Publicado en Medicosypacientes.com