Copago/ El Consejo de Estado allana el camino al Ejecutivo para recurrir el euro por receta catalán y madrileño

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Carlos Arganda Madrid | viernes, 16 de noviembre de 2012 h |

El euro por receta puede tener los días contados, al menos en cuanto a su legalidad. Todo depende de la intención final del Gobierno central, ya que, según un dictamen del Consejo de Estado (CE), “existen fundamentos jurídicos suficientes para la interposición de recurso de inconstitucionalidad” contra tres de los artículos de la Ley 5/2012, de 20 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas y de creación del Impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos de Cataluña. Norma que, entre otras cuestiones puso en marcha el euro por receta en la autonomía.

De este modo, el Gobierno tendría ya argumentos jurídicos suficientes para poner freno al euro por receta catalán y, ahora también, al madrileño. La semana pasada el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, al igual que otros responsables del PP, se mostró contrario a la medida y manifestó que estaba dispuesto a tomar la decisión de interponer el recurso de inconstitucionalidad para que Cataluña elimine “cuanto antes” esta tasa, aunque añadió que la posición inicial del Gobierno es “negociar”. De hecho, la propia ministra de Sanidad, Ana Mato, ha insistido en que “apuesta por el diálogo” emplazando a la administración catalana a alcanzar un acuerdo antes de diciembre. En cualquier caso, este plazo dado no parece afectar al Gobierno catalán, que sigue apostando por la medida, incluso a riesgo de implicar un nuevo conflicto institucional.

El Ejecutivo presidido por Artur Mas ha asegurado que se “atendrá siempre, en caso de diversidad de interpretaciones, a la interpretación del Consejo de Garantías Estatutarias”, su propio ‘tribunal constitucional’, que avaló la ley antes incluso de su aprobación el pasado mes de marzo. Esto hace pensar que ante una decisión del Tribunal Constitucional (TC) que ordenara la suspensión cautelar del euro por receta, la Generalitat podría estar dispuesta a enfrentar esa decisión con la de su Consejo de Garantías Estatutarias para mantener la tasa en un pulso dentro de la deriva independentista.

Aún así, no lo tendrá fácil, ya que la batería de argumentos esgrimidos por el Consejo de Estado, que incluye jurisprudencia del TC, parece ser sólida. El dictamen detalla los efectos de la tasa y los centra en dos ámbitos. Por un lado, en la invasión de competencias que supone la fijación de una tasa que altere, de facto, el precio de los medicamentos. Por otro, la desigualdad que se crea entre los pacientes catalanes y los del resto del Estado a la hora de acceder a la prestación farmacéutica.

En cuanto al primero de los argumentos, usa la sentencia
TC 98/2004, que reza que “la Constitución no solo atribuye al Estado una facultad, sino que le exige que preserve la existencia de un sistema normativo sanitario nacional con una regulación uniforme mínima y de vigencia en todo el territorio español” e indica que la prestación farmacéutica y su financiación pública “constituyen un criterio básico en materia de sanidad, pues satisfacen las exigencias formales y materiales de la legislación básica”.

Por ello, el Consejo de Estado cree que las comunidades “no pueden incidir, ni directa ni indirectamente, en la fijación de los precios de los medicamentos que son objeto de financiación pública”. En cuanto a la creación de desigualdades entre pacientes, el dictamen establece que “corresponde al legislador estatal garantizar una unidad mínima en las condiciones de acceso” a los medicamentos con independencia del lugar de residencia, así como “evitar la introducción de factores de desigualdad en la protección básica de la salud”.