entrevista/ La nueva Ley de Salud Pública es “comprometida, exigente e integradora”

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| viernes, 29 de octubre de 2010 h |

josé garcía

Valladolid

La nueva Ley de Salud Pública y Seguridad Alimentaria, en vigor desde hace unas semanas, va a marcar en Castilla y León la nueva política en materia de prevención de la enfermedad, protección y promoción de la salud instrumentando e, incluso, ampliando las prestaciones de salud pública establecidas en el SNS, como la ordenación e inspección sanitaria y farmacéutica, la investigación biosanitaria y biotecnológica, la formación, la información sanitaria y el control analítico en laboratorios.

Pregunta. ¿Qué supondrá la nueva normativa?

Respuesta. Con el nuevo marco legal, la salud pública no sólo se contempla como prestación sanitaria específica del sistema de salud, sino como un servicio público de más amplia dimensión, de carácter transversal a todo el sistema y que se caracteriza por la participación activa de industrias, profesionales sanitarios, asociaciones y ciudadanos, y la actuación coordinada de las administraciones local, autonómica, nacional y comunitaria.

P. ¿Cómo define la ley?

R. Es una ley comprometida con la sociedad, exigente con los poderes públicos, innovadora por su transversalidad e integradora de todas las actuaciones con repercusión en la salud pública y en la seguridad alimentaria por su carácter multidisciplinar.

P. ¿Qué lugar ocupan los profesionales en la nueva norma?

R. Además del reconocimiento, la motivación y la formación de los profesionales de la salud pública como garantía de calidad de esta prestación, se les faculta a realizar el control oficial de las actuaciones fijadas para la autoridad sanitaria.

P. Una demanda antigua de los profesionales vinculados al ámbito de la salud pública es su integración en los servicios de salud. ¿Lo contempla el nuevo texto?

R. La ley contempla la coordinación con las estructuras asistenciales. Así, dentro de la organización administrativa y territorial, se recogen los equipos de salud pública que buscan la coordinación con el resto de estructuras del sistema sanitario e incluso no sanitario, pero relacionados con las materias reguladas por la ley.

P. ¿Cómo se logrará una mejor gestión sanitaria en Castilla y León con esta ley?

R. La ley incorpora nuevos elementos que mejoran la gestión sanitaria como una organización específica territorial —demarcaciones sanitarias— y otra administrativa —equipos de salud pública—. La estructura tiene un carácter multidisciplinar y las funciones de sus miembros son polivalentes, lo que permite optimizar recursos humanos y materiales. También se establecen comités científicos y de coordinación, y la gestión de sistemas modernos y rápidos de información en casos de alertas o incidencias u otras vigilancias epidemiológicas.

P. ¿Cómo influirá en la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos de la región?

R. La mejora vendrá de la aplicación de la propia ley. Cabe destacar, entre otros aspectos, la regulación de forma unitaria de todas las redes sanitarias de vigilancia —Red de Vigilancia Epidemiológica, Red de Alertas Farmacéuticas, Red de Alerta Rápida Alimentaria, y Red de Alerta Rápida de Sanidad Ambiental— y la creación de un gabinete de crisis, de carácter no permanente para aquellas situaciones que por su especial gravedad superan las posibilidades del sistema de redes.

P. ¿Cómo se vigilará el cumplimiento de la norma?

R. Disponemos de mecanismos de control, intervención y potestad sancionadora para hacer cumplir la normativa. El papel de los profesionales aquí es básico.

P. ¿Qué régimen sancionador recoge la ley?

R. Las infracciones administrativas se clasifican en leves, graves y muy graves. Además, se ha incluido en el catálogo de infracciones hechos que hasta ahora quedaban fuera.

P. La ley incluye la investigación biosanitaria y biotecnológica, la formación y la información sanitaria ¿con qué directrices?

R. La ley establece que la investigación biosanitaria y biotecnológica comprende las acciones en materia de investigación básica, clínica, en salud pública, seguridad alimentaria, en servicios de salud y en investigación aplicada. Se mencionan objetivos de impulso, coordinación, planificación de recursos, transferencia de resultados y evaluación de las actividades de investigación, y el impulso a la creación de una entidad específica que promocione, ordene, fomente y desarrolle estas actividades.

En formación, establece el impulso de la competencia de los profesionales y su adecuación a los requisitos formativos y de actualización de sus puestos de trabajo, con la promoción de actuaciones formativas y el desarrollo de la acreditación en este ámbito. Sobre los sistemas de información, se hace referencia, por una parte, a implantar los registros y métodos de análisis de información necesarios para el conocimiento de situaciones relacionadas con la salud individual y colectiva, y por otra, a proporcionar a los ciudadanos información accesible, comprensible, adecuada, coherente y coordinada, que permita la adopción de medidas preventivas y el fomento y adquisición de hábitos saludables.