Alfredo SÁnchez, Subdtor. de Inspección de Servicios Sanitarios de Andalucía | viernes, 01 de julio de 2016 h |

La buena noticia es que las nuevas normas del INSS empiezan a establecer —tímida pero irreversiblemente— que la baja laboral es un tratamiento médico y, como tal, debe regirse por criterios de un derecho —la salud personal y colectiva— frente a los otros intereses en conflicto. Así, a partir de ahora, el tiempo de duración de una baja laboral ya no depende del papeleo, sino que el médico la determina siguiendo un sistema técnico que lo calcula utilizando como referencia los Tiempos Óptimos Personalizados que el sistema informático le proporcionará. Estos tiempos se calculan de forma individual, teniendo en cuenta edad, sexo, diagnóstico y otras enfermedades, de forma que para una misma dolencia pueda haber distintos tiempos de baja. Es la salud, exclusivamente, la que determina si está indicado o no el reposo laboral. La baja es como una prescripción con medicamentos y es la enfermedad la que determina si, al igual que la dieta o el ejercicio, está indicada o no como parte del tratamiento necesario para la curación. A partir de ahora es el médico de cabecera quien establece científicamente la duración probable de la baja. De tal manera se evita la variabilidad en las mismas situaciones, se ahorra al paciente desplazamientos innecesarios y permite el ahorro en consultas, desplazamientos y días de baja, facilitando que el médico de familia dedique el tiempo de su consulta a la atención de pacientes y no a labores administrativas.

La participación de la inspección de los servicios sanitarios garantiza en este asunto y en otros muchos que prime la salud del trabajador frente a los criterios puramente economicistas. El principio de veracidad en nuestras actuaciones, de legalidad, rigor e independencia entendida como autonomía funcional y una visión centrada en el paciente —más una mayor capacidad de intervención— son elementos identificadores exclusivos de nuestra condición de agentes de la autoridad sanitaria, lo que complementado con nuestro conocimiento y manejo normativo facilita el desarrollo de nuestras tareas. El trabajo en equipos multidisciplinares de médicos, farmacéuticos y enfermeras, es un enorme valor añadido, al incorporar diferentes visiones desde capacidades profesionales diferentes pero complementarias. La Inspección de Servicios Sanitarios aporta una visión transversal y de conjunto, que favorece la detección de áreas de mejoras. Transversalidad, ya que nuestra actividad está presente en asistencia primaria y hospitalaria, en la asistencia pública, concertada o privada y además en diferentes programas de salud (Atención Sanitaria, Prestación Farmacéutica, Gestión de Cuidados o Gestión de I.T ). Es decir, aportamos por una visión de conjunto en el análisis de la actividad, en la gestión de los procesos, en la continuidad asistencial, en la comunicación interniveles, en la seguridad clínica…

Es la salud, exclusivamente,
la que determina
si está indicado o no
el reposo laboral