Carmen Martínez González,
Coordinadora del Comité
de Bioética de la AEP
| miércoles, 23 de marzo de 2016 h |

El 1 de marzo de 2016 entró en vigor el Real Decreto 1110/2015 que regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales. Establece que “será requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos”.

Los pediatras hasta la fecha no tenemos ningún comunicado oficial. Solo conocemos el tema a través de la prensa y las redes sociales, lo cual es indigno y desconcertante. Entendemos que el objetivo loable es pretender establecer un sistema eficaz de prevención y protección de los menores frente a delitos sexuales, pero también vemos una medida con muchas controversias y no precisamente a nivel personal, porque solo será un molesto trámite.

En primer lugar es una medida cuestionable en nuestro colectivo, porque los niños y adolescentes que atendemos están habitualmente acompañados, constituyendo un entorno muy seguro respecto a cualquier tipo de maltrato.

Es cuestionable su efectividad, pues no evitará el primer delito. Como establece la OMC : “Siendo el riesgo de que se produzcan estas conductas realmente muy bajo, el beneficio de esta medida es más que dudoso, por no decir nulo, porque los que tienen antecedentes lo son por haber sido condenados y estarán fuera de la práctica profesional, por la sentencia penal y por las medidas disciplinarias colegiales, que le habrán privado de colegiación y, con ello, del ejercicio profesional”.

Incluso es cuestionable a nivel legal, según opinan algunos juristas. Aunque produzca aversión, hay que tener en cuenta que la inhabilitación para trabajar contiene un contrasentido con el sistema penal, que debe ocuparse no solo de la privación de libertad, sino de la rehabilitación y la reinserción social.

También es cuestionable a nivel social. Genera una falsa seguridad para las instituciones (“si mis contratados no tienen antecedentes, no tendré ese problema”), pero promueve una sociedad excesivamente defensiva con tendencia a resolver todo con medidas legales y burocráticas.

Y por último resaltaría que hay medidas mucho más eficaces: tolerancia y encubrimiento CERO ante cualquier abuso infantil en nuestro entorno, invertir en educar a los niños para que sepan decir NO a determinadas conductas de los adultos, e implementar las medidas de control tras cumplir la condena por estos delitos, muy especialmente los que tengan riesgo de reincidencia.

En conclusión diría que es un problema complejo (sin incidencia en nuestro colectivo), para el que no existen soluciones simples.

Entendemos que el objetivo es establecer un sistema de prevención, pero vemos muchas controversias